La Justicia digital en los albores del siglo XXI
Palabras clave:
justicia, innovación digital, tecnologíaResumen
Las innovaciones tecnológicas representan alternativas para abordar escenarios de emergencia que se puedan generar en la vida humana. De esto no escapa la aplicación del derecho y la práctica en el sistema judicial. Por eso, el propósito general de este trabajo fue analizar la importancia de la justicia digital en los albores del siglo XXI. Para ello, se implementó un estudio de carácter documental bajo un enfoque cualitativo para el desglose del fenómeno investigado. Así pues, se determinó que el concepto de justicia digital fue catalizado con la crisis por COVID 19 y representa una figura que entraña retos y oportunidades, las cuales principalmente se adhieren a su interrelación con la brecha digital y la búsqueda de una justicia que no necesariamente requiera de asistencia presencial en cuanto a su configuración. Se concluyó que la e-justice tiene su asidero en el aseguramiento de los derechos de las personas y se recomendó mantener su monitoreo para observar su efectividad dentro de las estructuras de los Estados.
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Citas
Álvarez, N. (2018). Dificultad de probar la impugnación del reconocimiento voluntario y Derecho a la Identidad en la Legislación Ecuatoriana. Universidad Central del Ecuador. Quito.
Brito, A. (2015). Guía para la elaboración, corrección y asesoramiento de trabajos de investigación. Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana. Venezuela.
Castaño, D. (2022). “La Justicia como Servicio Digital”. Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózano. Colombia.
Centro de Estudios de Justicia de las Américas (s.f.). “Perspectivas de uso e impactos de las TIC en la administración de justicia en América Latina”. Fuente:https://www.cumbrejudicial.org/sites/default/files/2024-01/CEJA%20Perspectivas%20uso%20e%20impactos%20TIC.pdf(consultado el 08-08-2024).
Corrales Fenwick, M, y Haapio, H. (2019). “Legal tech, smart contracts and blockchain”.University of Californiaa. Estados Unidos.
Cuenca, A., Álvarez, M, Ontaneda, L., Ontaneda, E., Ontaneda, S. (2021). "La taxonomía de Bloom para la era digital: actividades digitales docentes en octavo, noveno y décimo grado de Educación Básica General (EGB) en la habilidad de “comprender”. Revista Espacios, vol.42, N°11, pp 11-25. http://revistaespacios.com/a21v42n11/a21v42n11p02.pdf
Cuesta-Benjumea, C. (2011). “La reflexividad: un asunto crítico en la investigación cualitativa”. Enfermería clínica, N° 3, pp 163-167. https://www.elsevier.es/es-revista-enfermeria-clinica-35-articulo-la-reflexividad-un-asunto-critico-S1130862111000520#:~:text=La%20reflexividad%20expresa%20la%20conciencia,las%20interacciones%20con%20los%20participantes
Gallegos Rojas, R.X. (2019). “El Principio de Inmediación y la Actividad Probatoria en la Normativa Procesal Ecuatoriana”. INNOVA Research Journal, Vol. 4, No.2 pp. 120-131.
Garrido López, D. (2020). “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad De México en materia de Justicia Digital”. Fuente:https://www.congresocdmx.gob.mx/media/documentos/pdf (consultado el 12-08-2024).
González Battaglini, F. (2012). “El Principio de Oralidad y su Aplicación en el Procedimiento Civil y en el de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes”. Fuente:http://biblioteca2.ucab.edu.ve/anexos/biblioteca/marc/texto/AAS4284.pdf(consultado el 12-08-2024).
Igreja, J. (2020). “Acceso a la Justicia en Tiempos de Cuarentena”. Primer vicepresidente de la Asociación Internacional de Jueces, presidente de la Asociación Europea de Jueces y miembro del Consejo Asesor de la Red Global de Integridad Judicial. Europa.
Macías Barrezueta, M. y otros (2022). Administración de Justicia en Formato Digital en Tiempos de Pandemia. Revista Científica Dominio de las Ciencias. Vol. 8. En-Mar 2022. http://www.Dialnet-AdministracionDeJusticiaEnFormatoDigital
Maldonado, A. (2014). “Justicia en Línea”. Editorial Tirant Lo Blanch. España.
Martín Diz, F. (2020). “Justicia digital post-covid19: el desafío de las soluciones extrajudiciales electrónicas de litigios y la inteligencia artificial”. Revista de Estudios Jurídicos y Criminológicos, N° 2, pp 41-74. ttps://revistas.uca.es/index.php/rejucrim/article/view/6712
Matallana Ruiz, R. (2020). “Desafíos y oportunidades de la justicia digital en el ámbito laboral”. Revista De Derecho Procesal Del Trabajo, vol. 2, N°(2), pp 59-76. https://doi.org/10.47308/rdpt.v2i2.4
Medina Zepeda, E. (2021). “Hacia una teoría sobre la E-Justice o Justicia Digital: Instrucciones para Armar”. Cuestiones Constitucionales, N°46, pp 177-212. https://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S1405-91932022000100177&script=sci_abstract
Naser, A. (2011).“El Gobierno Electrónico en la Gestión Pública”. CEPAL.
Ortiz-Ortiz, R. (2008). Acción y Proceso. Atelier Libros Jurídicos. Barcelona, España.
Ponomarenko, V. (2015). “Procedimientos civiles electrónicos en Rusia: trazos del concepto”.Rusia.
Prince, Á.. (2021).“La brecha digital como obstáculo al derecho universal a la educación en tiempos de pandemia”. Journal of the Academy, N° 4, pp 26-41. https://doi.org/10.47058/joa4.3
Prince, Á. (2022). “El aprendizaje inmersivo como alternativa educativa en contextos de emergencia”. PODIUM, N° 42, pp 19–38. https://doi.org/10.31095/podium.2022.42.2
Prince, Á.(2024). “Derecho a la igualdad, brecha digital y COVID-19: Experiencia latinoamericana educativa en Secundaria para postpandemia”. Foro Educacional, N°42, pp 83-110. https://ediciones.ucsh.cl/index.php/ForoEducacional/article/view/3693/3057
Quiroz, M. (2020). Justicia digital: bases para planear escenarios a partir del CGP. Fuente: https://cortesuprema.gov.co/corte/wpcontent/uploads/2020/04/Justicia-digital-I-P.-AQM-27-abr_compressed.pdf(consultado el 18-08-2024).
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